NUEVAS DEL B.01 REGLAMENTO DE TÍTULOS INTERNACIONALES DE LA FIDE
Hasta
hace poco, exactamente hasta el 30 de junio de 2014, la Federación
Internacional de Ajedrez FIDE reconocía y avalaba, tanto sus títulos para
ajedrez estandar (erróneamente llamado ajedrez clásico) dictaminados por su
Comisión de Calificación (Gran Maestro (GM), Maestro Internacional (IM),
Maestro de la FIDE (FM), Maestro Candidato (CM) (no Candidato a Maestro como
erróneamente se le dice, hay una gran diferencia entre la expresión “Candidato
a Maestro” y Maestro Candidato) Gran Maestro Femenino (WGM), Maestro
Internacional Femenino (WIM), Maestro FIDE Femenino (WFM), Maestro Candidato
Femenino (WCM), sus títulos para Árbitro Internacional FIDE (IA), el de Arbitro
FIDE (FA), contemplados en el B.06, como también ...
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Hasta hace poco, exactamente
hasta el 30 de junio de 2014, la Federación Internacional de Ajedrez FIDE
reconocía y avalaba, tanto sus títulos para ajedrez estandar (erróneamente
llamado ajedrez clásico) dictaminados por su Comisión de Calificación (Gran
Maestro (GM), Maestro Internacional (IM), Maestro de la FIDE (FM), Maestro
Candidato (CM) (no candidato a maestro como erróneamente se le dice, hay una
gran diferencia entre la expresión “Candidato a Maestro” y Maestro Candidato)
Gran Mestro Femenino (WGM), Maestro Internacional Femenino (WIM), Maestro FIDE
Femenino (WFM), Maestro Candidato Femenino (WCM), sus títulos para Árbitro
Internacional FIDE (IA), el de Arbitro FIDE (FA), contemplados en el B.06, como
también aquellos títulos obtenidos por practicantes del ajedrez en las
modalidades de composición o solución de problemas de ajedrez (0.32) y en
competencias de ajedrez postal o por correspondencia (0.33).
Pero esto, partir del 01 de julio de 2014 ha cambiado, y
con la renovación o corrección de muchos artículados del Handbook FIDE y de las
Leyes para Torneos FIDE los artículos e incisos que daban probidad a estos
reconocimientos (el 0.32 y el 0.33) han desaparecido del texto oficial. Incluso
se volaron el reconocimiento al título de Organizador Internacional FIDE el
cual aparecía en el inciso 0.34
Es decir, la FIDE ya no reconoce
la instauración o homologación de títulos de Instituciones o Federaciones
ajenas a su condición administrativa, organizacional y técnica, (borrado el
0.63) tal era el caso de la ICCF (Federación Internacional de Ajedrez Postal y
por Correspondencia) la cual hasta la fecha era un importante auxiliar y
cercano amigo de la FIDE.
Estas correciones generales
encausadas entre 2012 y 2013 han dejado descontentos a muchos practicantes del
ajedrez postal, por email o por correspondencia, ya que se veía a esta
modalidad como un importante complemento o accesorio del ajedrez organizado de
la FIDE, sobre todo a la hora de cubrir ls deficiencias o expectaciones de los
jugadores en el mundo que por diversas razones no pueden acudir o cumplir con
los requisitos de un ajedrez presencial o de torneos en vivo.
Sin embargo, es bueno señalar que
la Fide en sus articulos 1.4, 1.41, 1.41a, 1.41b, 1.41c, 1.41.d (del B.01) estipula
las condiciones que se valoran para la obtención de títulos en su ámbito
competitivo y en el 1.42 excluye a las experiencias que no cumplen con estos
requerimientos.
El 1.42a, por cierto dice: Las
partidas disputadas contra oponentes que no pertenecen a federaciones afiliadas
a la FIDE. Y esto podría ser la piedrita en el zapato con respecto a la ICCF.
La FIDE solamente señalaba, en
los antiguos articulos que, la ICCF tenía el derecho de organizar la forma y
manera de sus titulaciones y que estas serían reconocidas por la FIDE una vez
informadas a su Comisión de Calificaciones.
Por supuesto los
condicionamientos relacionados a los períodos de tiempo y la situación de que
en el ajedrez por correspondencia se puede utilizar toda suerte de ayuda
informatica y bibliográfica posiblemente ha llevado a la Fide a tomar esta
rauda y radical decisión. Y por supuesto no dudamos que existan acá razones de
carácter económico.
Ahora con respecto a la desaparición
del reconocimiento al título de Organizador Internacional Fide, (no hay que
asustarse) esto sucede sólo en estos articulados de B.01 (no tenemos ni la más
mínima idea del porqué de su exclusión. además razones de la misma) Lo que si
se ha mantenido incólume es el articulado del B.09 referente a la organización y
regulaciones sobre seminarios para otorgar titulos de Organizador Internacional
Fide, aún presente en el Handbook.
¿Qué opina Ud de estas
correcciones?
El Autor del artículo:
Árbitro Internacional de la FIDE, Comisión Técnica Nacional FVA, Secretario Consejo Contralor de la FVA, Entrenador de Alto Rendimiento FUNDADEPORTE, Jéfe Técnico del ajedrez en el Edo. Carabobo, Docente, Ponente y Conferencista. Experto Nacional de ajedrez por Correspondencia ICCF. Escritor y editor de textos de iniciación y técnica avanzada del ajedrez, arbitraje y reglamentaciones del ajedrez.
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