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julio 01, 2015

QUÉ HACER CON LOS RELOJES PARLANCHINES!


QUÉ HACER CON LOS RELOJES PARLANCHINES!
Una duda arbitral muy recurrente es aquella que cuestiona el uso de relojes con el dispositivo de sonido habilitado, aquellos que titilan del lado donde cayo primero la bandera o aquellos que sencillamente orientan sobre a quién se le agotó su tiempo primero.Interesante cuestión cuando no existe un conocimiento cabal del reglamento, o correcta diferenciación en la toma de decisiones al apelar al reglamento,  a las reglas de competición y las reglas de torneo...




QUÉ HACER CON LOS RELOJES PARLANCHINES!

Una duda arbitral muy recurrente es aquella que cuestiona el uso de relojes con el dispositivo de sonido habilitado, aquellos que titilan del lado donde cayo primero la bandera o aquellos que sencillamente orientan sobre a quién se le agotó su tiempo primero Interesante cuestión cuando no existe un conocimiento cabal del reglamento, o diferenciación en la toma de decisiones al apelar al reglamento,  a las reglas de competición y a las reglas de torneo.

Caso dudoso hasta hace poco se tomaban las decisiones siguientes:

1. El árbitro veía ambas banderas caídas y a pesar de contar con un reloj que indicaba a cual bando se le agotó su tiempo de reflexión primero, decretaba la partida tablas

2. El árbitro declaraba la partida tablas sin aceptar ninguna reclamación al respecto

3. El árbitro consideraba ganador al bando que reclamaba la victoria apelando a este factor

4. El árbitro colocaba tiempo extra a ambos jugadores para dilucidar por medios técnicos la partida.

5. El árbitro se curaba en salud, mandando a apagar el sonido e indicadores de bandera antes de iniciadas las rondas.

6. El árbitro se "hacia el loco" y desaparecía de la sala de juego hasta que ambos jugadores se desgastaban y llegaban a una "decisión equilibrada" por cuenta propia.

Por supuesto hay dos vertientes para con este caso:

1. No se completó un número estimado de jugadas en un control
2. La partida era de tiempo Blitz, Rápido o a Finish

No creo que estas condiciones priven en absoluto sobre las decisiones y laudos a impartir

La empresa de Abert Vasse, diseñadores y constructores del reloj DGT han establecido constante contacto con la FIDE (desde hace mucho tiempo) tratando de minimizar el impacto de un reloj que sirve a propósito de torneos oficiales FIDE y cualquier juego informal, por supuesto esto es importante para ellos a efectos de ganancias en la venta de sus productos. Me parece que allí las leyes del ajedrez para torneo les favorece y cura en salud a la FIDE cuando el reglamento dice en su artículo 6.10:

6.10     a.      Toda indicación proporcionada por el reloj de ajedrez se considera concluyente en ausencia de algún defecto evidente. Un reloj de ajedrez con un defecto evidente debe ser reemplazado por el árbitro, quien deberá hacer uso de su mejor criterio al determinar los tiempos que deben aparecer en el reloj de ajedrez reemplazado.

En el caso 1. El árbitro estimará si se completaron la cantidad de jugadas dispuestas para ese control.

Acá vienen las discusiones del caso, previamente descuidadas, y digo "previamente descuidadas" (casi nunca se hace) pues aquí el reglamento es carente de sentido al hablar de "toda indicación proporcionada por el reloj", esto deja una largo trecho a la especulación.
El sentido en sí se lo deben dar las Reglas de torneo previamente estimadas por los organizadores y árbitro principal, al establecer reglamentariamente que dichos elementos orientadores del reloj serán usados o no

El 6.11 es más conflictivo a mi parecer:
6.11     Si han caído ambas banderas y es imposible establecer cuál de ellas lo hizo en primer lugar, entonces

Pues al decir "imposible" es como si también hubiera querido decir "es posible" en el caso de tener relojes que tengan indicadores para la caída de bandera. El articulo 6.13 remata con los dolores de cabeza al señalar:
6.13     En el recinto de juego se permite el uso de pantallas, monitores o tableros murales que muestren la posición actual sobre el tablero, los movimientos y el mero de movimientos realizados o completados, a como relojes que muestren incluso el número de movimientos. Sin embargo, el jugador no puede realizar una reclamación basándose sólo en la información mostrada por este tipo de dispositivos.

De tal manera Y PARA CONCLUIR CON ESTE ENTUERTO, el único mecanismo legal para poder establecer la honestidad, la legalidad y la diferencia en esta apreciación, es que previamente la organización y parte técnica se hayan puesto de acuerdo para establecer normas que acepten o no, tomar una decisión o impartir un laudo aceptando como concluyentes estos dispositivos especiales de un determinado reloj. Aquí triunfarían entonces las Reglas de Torneo sobre las deliberaciones ambiguas de ciertos articulados de las Leyes para torneo FIDE e incluso para con sus reglas de competición 




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